lunes, 19 de agosto de 2013

LA VÍCTIMA EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL: LOBYS Y PRENSA MEDIÁTICA (I)



Debemos comenzar este breve análisis resaltando que en el sistema judicial en general más que un reforzamiento de la posición de la víctima es aún, hoy por hoy (y desgraciadamente) un 'no' reforzamiento. El Estado monopoliza el derecho de castigar, por lo que se produce el paso de un derecho penal privado a un derecho penal público. Incluso, aunque desde un concepto moderno/actual, el sistema punitivo se ha caracterizado por no dar respuesta a los intereses de las víctimas, además de comportar un perjuicio para éstas derivado de su paso por la Administración de Justicia. A esto último nos referimos a la 'victimización secundaria' que, además, agudiza los efectos del delito y profundiza en la estigmatización. Tampoco podemos obviar que el Derecho Penal está enfocado a razones preventivas, así como a la reinserción del ofensor.

Es cierto que algunos 'pasitos' se han dado en la tríada penal-procesal-asistencial, pero aún son insuficientes y en el caso español todavía más. Y en este punto, surge el interrogante de si el Derecho Penal debe dar prioridad al delincuente o a la víctima. Según Baca, Echeburúa y Tamarit “la inserción de los derechos de las víctimas en el ámbito de la justicia penal no puede articularse de forma disyuntiva a los derechos del delincuente o a los intereses generales, sino que los tres planos (víctima-delincuente-Estado) deben armonizarse y concebirse en términos complementarios”. (1)

Y entonces, el común de los mortales, las personas ajenas (por supuesto no expertas) al mundo jurídico se preguntan si los delincuentes tienen, en ocasiones, más derechos o están más protegidos que las propias víctimas. La respuesta la encontramos en el artículo 10 de la Constitución Española (de ahí la exigencia a las garantías del delincuente y a los principios de proporcionalidad, culpabilidad, humanidad, etc):

1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

Pero este planteamiento no sólo debe aplicarse a los delincuentes. La víctima también forma parte de las exigencias garantistas del Derecho Penal, ya que deben estar referidas a la protección de los Derechos Fundamentales y libertades del ciudadano, tanto ofensor como ofendido. De lo contrario, sería cierta la expresión social (y repetimos, muy común en nuestra sociedad) de que los “la Justicia está hecha para los delincuentes”, ya que el ordenamiento jurídico aplicaría mayor protección a los derechos del ofensor y no del ofendido.
                                                                                                                                                                         
Baca, Echeburúa y Tamarit hacen un análisis acertado sobre algunas políticas criminales que están enfocadas a la función recaudatoria del Estado. Es el caso de los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social (castigados en España con pena de prisión de 1 a 4 años), mientras que en muchas ocasiones, aunque la responsabilidad civil está regulada y derivada de cualquier tipo de delito, es aún mayor los casos en los que la víctima queda sin la expectativa reparatoria debido a la insolvencia (real o ficticia) del condenado. En el caso expuesto por los autores estaríamos ante un loby, dónde personas influyentes (el propio Estado) tiene 'poder' en favor de sus propios intereses.

Otro caso sería en los impagos hipotecarios. En el momento de que 'hipotecado' deja de pagar las cuotas correspondientes, el banco le embarga (esté casi o no pagada dicha hipoteca, no importa la cuantía que haya desembolsado) y el desahucio es casi inmediato. Mientras que un propietario de un piso arrendado, si su inquilino deja de hacer frente a las cuotas del alquiler (sea cual sea la razón, justificada a o no) los procesos son mucho más lentos. La víctima (propietario) tiene que hacerse cargo de los gastos jurídicos (contratar un abogado, ya que si dispone de varios bienes no le corresponde un letrado de oficio), además no recuperará los retrasos, ya que (lo más probable) el inquilino se declarará insolvente. En este caso, el desahucio no es tan inmediato y la victimización secundaria es más acentuada que en el primer caso expuesto ya que la responsabilidad pecunaria del infractor se queda en el olvido. Afortunadamente, con la presión social tras los graves problemas económicos que sufren miles de familias españolas debido a la crisis económica, las víctimas de los desahucios están un poco más protegidas aunque no lo suficiente. Aún queda mucho por hacer, lo primero una Ley Hipotecaria real y ciudadana, no enfocada a los lobys de poder (bancos). 

Encontramos varias orientaciones teóricas pero resaltamos la Victim Impact Statements (vigiente en el ordenamiento estadounidense) en el que se permite a la víctima informar al juez sobre el daño físico, psíquico y económico sufrido a consecuencia del delito; incluso se le permite dar su opinión relativa a la sentencia a imponer. Se trata de una participación más directa, ya que los procesos judiciales españoles la víctima sólo responde a las preguntas de la Defensa y del Ministerio Fiscal, además del juez. No puede dar su opinión, explicar cómo está desde que le ocurrió el delito. El objetivo de este programa es la recuperación emocional de la víctima.

Pero tampoco podemos obviar el sentido de venganza (=instintos vengativos en el ser humano) que puede crearse. Ya que la pena puede servir, no sólo para expresar la solidaridad de la comunidad con la víctima, asimismo también de víctimas indirectas (familiares), sino también para exigir cambios en la jurisdicción que no estén acordes con los principios de los Derechos Fundamentales recogidos en la Carta Magna. Pongamos el ejemplo del caso Marta del Castillo, dónde la exigencia de un cambio promovido socialmente (en este caso, mediante firmas) pide una reforma penal para aplicar la cadena perpetua. Estaríamos ante lo que Prittwitz (2) denomina “derecho de la víctima a ver al delincuente castigado”. Unas medidas sociales (justas socialmente) pero 'peligrosas' para los entendidos de las leyes.

Les recordamos que la segunda parte del post se publicará a las 15.00 horas (México) y 23.00 horas (España). Se expondrá el papel de la prensa en el sistema de justicia penal


(1) MANUAL DE VICTIMOLOGÍA, coordinadores: Enrique Baca Baldomero, Enrique Echeburúa Odriozola, Josep Mª Tamarit Sumalla
(2) Cornelius Prittwitz catedrático de Derecho Penal. Universidad Goethe de Frankfurt (Alemania)

LA VÍCTIMA EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL: LOBYS Y PRENSA MEDIÁTICA (II)

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Y ¿qué pasa cuando la víctima no quiere seguir o iniciar con un proceso judicial por temor a la victimización secundaria? Es cierto que en la televisión o en los periódicos vemos con asiduidad casos en los que la Justicia se convierte en  injusticia; de ahí el miedo y la escasa confianza en la legislación vigente. Lo idóneo sería lograr un escenario propicio para facilitar una colaboración activa de la víctima y así asegurar su victimización secundaria. Un ejemplo lo tenemos en la Audiencia Provincial de Alicante. En los casos de violencia de género, el fiscal puede acusar al presunto maltratador aunque la víctima no denuncie, incluso retire la denuncia. En muchos casos de violencia de género y doméstica, la víctima se convierte en ‘multi-víctima’: no sólo retira o no denuncia por el temor a represalias del agresor, también por todos los procesos judiciales a los que se tiene que enfrentar, ya que se crean víctimas indirectas (hijos y familiares directos) o convirtiéndose la propia víctima en 'víctima doble'.

Es cierto que hace sólo unos años era impensable que se reconociese indemnizaciones psicológicas a las víctimas, sólo eran admitidas las físicas. Pero, mientras los procesos de instrucción y durante el juicio oral y hasta que se dicta sentencia, ¿quien trata a la víctima? ¿quien paga la asistencia psicológica? Y con una sentencia a favor de la víctima, ¿quien la rehabilita? Existen las OVAD (Oficinas de Atención a las Víctimas del Delito), que en el caso de Valencia implantadas desde hace un cuarto de siglo pero cuya función esencial de información y orientación se queda 'a medidas' para que la víctima.

Desde algunos estamentos judiciales la víctima tiene más relevancia. La Audiencia Provincial de Alicante tiene un programa específico para víctimas de violencia de género. Maltratadas y familiares (no hay que olvidar que el círculo cercano de una maltratada se convierte en víctima indirecta) asisten a charlas informativas y formativas (impartidas por psicólogos y criminólogos) para luchar y afrontar la lacra de la violencia machista; en definitiva, para no sentirse 'solas', además de víctimas.

En definitiva, las medidas victimológicas deben dejar de concebirse como una mera expresión de solidaridad social y pasar a ser entendidas como verdaderos derechos de las víctimas. Y tampoco podemos olvidar uno de los postulados de la LECrim (Ley de Enjuiciamiento Criminal, España) en el que se señala que “en materia penal hay siempre dos intereses rivales y contrapuestos: el de la sociedad, que tiene el derecho de castigar y el del acusado, que tiene el derecho de defenderse”.

En cuánto a la prensa mediática, no podemos olvidar que los medios de comunicación son el cuarto poder, incluso el primer poder (véase el revuelo mundial que ha creado Wikileaks, aunque ese es otro tema que no nos incumbe aquí). Un ejemplo claro del poder que tiene la prensa (con el término prensa englobamos diarios de papel, medios digitales, radios, televisiones) lo encontramos en uno de los casos que más conmocionaron a toda la opinión pública, ya que en tan solo unos días el acusado pasó de ser verdugo a ser víctima. Tres años después, las consecuencias aún son terribles. Nos referimos al 'caso de Diego Pastrana', (fotografía que acompaña a este post) el joven tinerfeño (entonces, de 25 años) que en noviembre de 2009 fue acusado de unos presuntos malos tratos y abusos sexuales a la hija de su pareja de sólo 3 años y que murió tras ingresar en un hospital. El joven fue acusado y detenido tras certificarlo el médico que atendió a la menor. La opinión pública y algunos medios de comunicación tacharon a Diego de violador y asesino, se cebaron con este joven que desde el primer momento negó los hechos. La historia dio un giro con los resultados de la autopsia: la pequeña murió de un golpe sufrido en un parque infantil días antes. Han pasado más de tres años y este hombre sigue marcado por la sospecha, aunque no tiene nada pendiente ni con la policía ni con la justicia. Desde entonces está en tratamiento psicológico y psiquiátrico y su recuperación es lenta. A las secuelas psicológicas se añadieron las sociales: durante varios meses le resultó casi imposible encontrar trabajo.

martes, 13 de agosto de 2013

España necesita 64 jueces para investigar la corrupción, uno de ellos ya está en Ibi



Ibi investiga 17 causas de corrupción, según los datos que dispone el TSJ-CV



El 12% de toda la corrupción de la Comunidad se aglutina en los juzgados de Ibi



Prevaricación (art. 404 y ss del Código Penal), blanqueo (art. 301 a 304 CP) o receptación de capitales (art. 298 a 304 CP), malversación (art. 432 a 434 CP), cohecho (art. 419 a 427 CP) o tráfico de influencias (art. 428 y ss CP). Son los delitos más comunes que definen a la corrupción política y financiera.


En el pleno municipal del 26 de abril, la alcaldesa (Mayte Parra) dijo que a todo aquel (o aquella) que le llamase “corrupta” le llevaría a los juzgados tras un lamentable encontronazo con una vecina del municipio que durante la inauguración del nuevo centro de Alzheimer de Ibi le llamó - a la alcaldesa y también diputada autonómica- corrupta. Las cifras y los datos lo dejan más que claro: 17 causas de corrupción se investigan en los juzgados de Ibi (de las 141 que hay en la Comunidad Valenciana y en total son 1.661 en toda España). Cierto es que la alcaldesa no está, por el momento, imputada en ninguna causa judicial pero también es cierto que sí se investigan unas presuntas cuentas millonarias en Suiza donde aparece su nombre junto con el exedil Miguel Ángel Agüera, imputado de cinco delitos. Es el propio TSJ y CGPJ los que han hablado de corrupción política y de la necesidad de reforzar los juzgados, aunque sea de manera temporal.


Un informe del órgano de Gobierno de los jueces del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha detectado que en total 798 los juzgados y tribunales españoles  investigan los 1.661 casos de corrupción abiertos actualmente (una media de dos casos por juzgado). Concretamente el partido judicial de Ibi investiga 17 causas (que se tenga conocimiento, cinco de ellas corresponden a políticos en activo, excargos públicos, funcionarios y empresarios de Ibi). Para la portavoz del CGPJ, Gabriela Bravo, son necesarios 64 nuevos jueces, 18 nuevos secretarios judiciales y 150 funcionarios de otros tipos de manera provisional para cubrir estas necesidades judiciales. (1)


Dicho informe se ha elaborado exclusivamente para determinar las necesidades de los juzgados y tribunales que investigan casos relacionados con la corrupción política o financiera. Para el CGPJ, el objetivo de este informe es “que los ciudadanos vean que las causas contra la corrupción no mueren en un limbo sino que acaban en un porcentaje importante en sentencias condenatorias”


Fuentes judiciales han confirmado a este blog que uno de esos 64 jueces ya está trabajando en el partido judicial de Ibi. Concretamente se trata de una juez de Adscripción Territorial, que se incorporó a mediados de abril, cuya labor principal se centra en los asuntos de corrupción. Para la presidenta del TSJ-CV, Pilar De la Oliva, estos casos podrían “etiquetarse” de corrupción. Son causas “complejas” y “voluminosas” debido a que su fase de instrucción (o lo que es lo mismo, la investigación previa al juicio oral) intervienen terceras personas: unidades policiales específicas (como es el caso de la UDEV –Unidad Central de Delincuencia Económica y Fiscal de la Policía Nacional- en el caso ‘Agüera’), comisiones rogatorias a otros países (como es el caso de las presuntas cuentas millonarias en Suiza), o la intervención de peritos o expertos en materias concretas.


La carga de trabajo de los juzgados de Ibi (es partido judicial que engloba a Castalla, Onil, Tibi e Ibi) sería “normal” si no fuese por estas causas de corrupción, han explicado a este blog fuentes judiciales. En total, en la Comunidad Valenciana se instruyen 281 asuntos de “corrupción y especial complejidad”, de los que concretamente 141 son de corrupción política. 

imitando al columnista V. San Juan…. PD: ¿A los vecinos que lleve al juzgado la primera representante del municipio, lo hará con el abogado municipal pagado por todos los ciudadanos y que no les cuesta nada o, por el contrario, pagará de su  bolsillo los servicios de algún profesional? No es lo mismo cuando nos toca ‘amoquinar’ que cuando nos sale ‘por la cara’

nota aclaratoria: menos el último párrafo: PD (opinión), todo lo demás se trata de información pura y dura. Información elaborada íntegramente por Ana Quevedo (nº FAPE: 23.629).


(1) El informe surge de la petición del presidente del CGPJ, Gonzalo Moliner, a principios de enero 2013. Moliner solicitó a todos los Tribunales de Justicia de España que hiciesen una relación de las causas de corrupción política que se estaban investigando en la actualidad.

jueves, 8 de agosto de 2013

Investigan si el cuerpo sin vida rescatado en Benidorm es del hombre desaparecido en Albir

New 3 (9 agosto; 17.05 horas)

Aún no se ha confirmado oficialmente la identidad del cuerpo hallado el pasado 8 de agosto por los bomberos en el desagüe de la depuradora de Benidorm, en L'Alfàs del Pi. Aunque todo apunta a que podría ser el vecino de Altea, P.LL., desaparecido el pasado 17 de julio, las Fuerzas de Seguridad están esperando a los resultados de las pruebas de ADN (debido a que el cuerpo está en avanzado estado de descomposición) para confirmar su identidad y cerrar el operativo de búsqueda del P.LL., activo desde hace varias semanas.

Fuentes policiales consultadas no descartan que se trate del vecino de Altea, ya que debido "a la vestimenta y a un amuleto que lleva el fallecido" corresponden, según la investigación, a P.LL. Las mismas fuentes subrayan que "científicamente no está confirmado".

El lugar en el que hallaron el cuerpo sin vida se trata de una zona caracterizada por una orografía accidentada, bastante escarpada, con barrancos y áreas de pinar.

Los servicios de emergencia y Fuerzas de Seguridad han tardado más de 4 horas en efectuar el rescate debido a que el fuerte viento de Levante que hay hoy en la zona les ha impedido llegar al lugar en lanchas y ha tenido que ser a través de la colaboración de un helicóptero del Consorcio Provincial de Bomberos. La víctima estaba en una zona acantilada.

En la zona se encontraban realizando prácticas de rescate varios efectivos del Consorcio Provincial de Bomberos. En el rescate han participado la tripulación del helicóptero de rescate del Consorcio, compuesta por un piloto, un mecánico-gruísta, un sanitario y tres rescatadores.


New 2 (8 agosto; 17.05 horas)

Fuentes policiales y de USAR13 han confirmado que el cuerpo sin vida hallado este mediodía por los bomberos en el desagüe de la depuradora de Benidorm, en L'Alfàs del Pi, es de P.LL., el hombre que desapareció el pasado 17 de julio. Se trata de una zona caracterizada por una orografía accidentada, bastante escarpada, con barrancos y áreas de pinar.

Los servicios de emergencia y Fuerzas de Seguridad han tardado más de 4 horas en efectuar el rescate debido a que el fuerte viento de Levante que hay hoy en la zona les ha impedido llegar al lugar en lanchas y ha tenido que ser a través de la colaboración de un helicóptero del Consorcio Provincial de Bomberos. La víctima estaba en una zona acantilada.

En la zona se encontraban realizando prácticas de rescate varios efectivos del Consorcio Provincial de Bomberos. En el rescate han participado la tripulación del helicóptero de rescate del Consorcio, compuesta por un piloto, un mecánico-gruísta, un sanitario y tres rescatadores.

Galería de imágenes:



Zona en la que ha sido hallada la víctima (P.LL.)




Traslado del cadáver por parte de los Bomberos




New 1 (8 agosto; 14.00 horas)

Rescatan un cuerpo sin vida en Sierra Gelada (Benidorm)

Hay noticias que, por mucho que seas profesional y te dediques a esto, no te gustaría informar porque su final es trágico.

Al mediodía de hoy he recibido un mensaje: "guardia costera junto con bomberos se desplazan al lugar donde se ha localizado un cuerpo", en la zona de Sierra Gelada (Benidorm). A primera hora, un helicóptero ha observado un cuerpo sin vida en la zona conocida como 'el chorro de la depuradora'. Al tratarse de una zona con difícil acceso por tierra, la Guardia Costera se ha desplazado hasta el lugar pero debido al aire de Levante que hoy hay en la zona "dificulta mucho la visión" y han vuelto a puerto, confirman fuentes de la investigación.


Sobre las 14.00 horas, un helicóptero ha partido de nuevo hasta la zona y la Policía Judicial se ha trasladado hasta el lugar. El cuerpo hallado será trasladado en una embarcación hasta puerto. Aún se desconoce la identidad.

Ayer y hoy (7 y 8 de agosto) un helicóptero del Consorcio Provincial de Bomberos ha estado sobrevolando la zona.

Desde hace tres semanas USAR13 lleva en activo la búsqueda de un vecino de la zona desaparecido.


Seguiremos informando...


U.S.A.R-13 es una asociación humanitaria, independiente, privada y sin ánimo de lucro, cuya misión consiste no sólo en realizar labores de búsqueda y rescate de personas sino también en generar programas y proyectos sociales que ayuden a mejorar la calidad de vida de los más vulnerables y en actividades de educación canina.
 
Los Perros son el eje de nuestra labor, ellos intervienen tanto en las labores de búsqueda y rescate como en los diferentes programas y proyectos sociales

martes, 6 de agosto de 2013

TRATAMIENTO DE VÍCTIMAS DE SUCESOS VIOLENTOS: VIOLENCIA GÉNERO (II)

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¿Cuál sería el tratamiento para las víctimas de violencia de género y en qué estaría centrado? Sin duda, la asistencia psicológica en víctimas de malos tratos es esencial aunque con frecuencia es uno de los aspectos menos atendidos por las instancias públicas. Cualquier persona que haya sufrido  una exposición permanente al maltrato por parte de su pareja necesita ser tratada de los problemas de manipulación y control, de la disociación, del control de la ira y de su intimidad emocional y sexual. En definitiva, se trata de enseñarle habilidades que permitan recuperar el control de su vida.

Los objetivos de la terapia están centrados en: proporcionar alivio inmediato a los síntomas más graves, restaurar el sentido de seguridad en las personas y en el mundo, así como facilitar la reintegración social de la víctima. El tratamiento será grupal, cuyas ventajas son: permitir que la víctima perciba que no es la única en experimentar el problema; permite sentir que alguien comprende vivencialmente su problema; aprendizaje de estrategias de afrontamiento a partir de la experiencia de personas que sufren la misma dificultad; motivación para el cambio a partir de los logros de los demás (de este modo podrá percibir que el éxito es posible); aumento de la confianza en los recursos propios; ayuda al resto de las personas del grupo; además, hace que los demás no estén solo pendientes de sus propias limitaciones.

Los programas que se llevan a cabo en España y los más eficaces son de tratamiento cognitivo-conductual (de aplicación individual o grupal) del estrés postraumático crónico. Se trata de terapias multicomponentes donde se trabaja la expresión emocional, la reevaluación cognitiva y el entrenamiento de habilidades específicas de afrontamiento. Intentaré explicarlos de la manera más breve y clara:

  • EXPRESIÓN EMOCIONAL: Su fin es proporcionar comprensión y apoyo a la víctima. Consiste en que cuente lo ocurrido, todo lo que ha pensado y sentido. También debe facilitársele el desahogo emocional de la irritabilidad y de las humillaciones sufridas.

  • REEVALUACIÓN COGNITIVA: Está enfocada en tres puntos:
1. Explicación de las reacciones normales ante una experiencia de maltrato y del proceso de adquisición y mantenimiento de los miedos
2. Discusión racional para eliminar las ideas irracionales, sobre todo en relación con los sentimientos de baja autoestima y culpabilidad por lo ocurrido y para ajustar a la realidad el sistema de procesamiento de información a la víctima.
3. A resituar (=forma en la que el ser humano tiene la posibilidad de cambiar algo) el acontecimiento traumático, analizando con realismo la convivencia conyugal y con los hijos.
La reevaluación cognitiva tiene como objetivo ayudar a las víctimas a proyectarse hacia el futuro sin ser esclavas del pasado, ensalzando los aspectos positivos existentes: posibilidades realistas de rehacer la vida, de conseguir un trabajo, de comprometerse en tareas de voluntariado o de implicarse en actividades nuevas e ilusionantes etc. Se trata de mejorar la autoestima.

  • ENTRENAMIENTO EN HABILIDADES ESPECÍFICAS DE AFRONTAMIENTO: Implica:
1) La adopción en los casos de peligro para la víctima, de medidas urgentes.
2) El entrenamiento en relajación muscular progresiva y en respiraciones profundas.
3) La enseñanza de habilidades de solución de problemas y de técnicas de control sobre el comportamiento agresivo del maltratador.
4) Ayuda a la recuperación gradual de actividades gratificantes, así como la facilitación de redes de apoyo social y el fomento de conductas de independencia y autonomía.
5) En los casos necesarios, el afrontamiento de las conductas evitadas por medio de las técnicas de exposición y de las preocupaciones reiterativas por medio de las técnicas de distracción cognitiva.

TRATAMIENTO DE VÍCTIMAS DE SUCESOS VIOLENTOS: VIOLENCIA GÉNERO (I)



La lacra de la violencia de género y doméstica no cesa en España (1). El último caso de violencia de género ocurrió el pasado 4 de agosto en un pueblo de Badajoz (en el noroeste de España). La víctima, 69 años. El agresor 78 años. Estaban en trámites de separación y él con una orden de alejamiento en vigor (el juez se la interpuso el 3 de julio, tras denunciarle su mujer tras una brutal paliza, pero tan solo 10 días después la vulneró). El domingo a mediodía aprovechó que su aún esposa estuviera sola en casa para entrar y propinarle varios golpes. Acabó con la vida de la que había sido su mujer durante más de 40 años, y madre de sus cuatro hijos, a martillazos, luego fue a la Guardia Civil y confesó el crimen.  En lo que llevamos de año, ya son 30 las mujeres asesinadas a manos de sus maridos en España.

En estos dos post (2) intentaré definir un programa de tratamiento para víctimas de violencia doméstica, pero a priori analizaré brevemente el 'Síndrome de la mujer maltratada' para saber cuáles son los síntomas que tienen este tipo de víctimas y cuáles son los motivos de permanencia con el agresor. Estas claves nos llevarán a poder realizar un programa/terapia más adecuado. (3)

La violencia doméstica imprime unas graves consecuencias para las víctimas, especialmente en el terreno emocional y psicológico. La psiquiatría ha identificado los trastornos derivados de la violencia en forma de cuadros patológicos. Los más frecuentes presentan síntomas al estrés postraumático, aunque hoy en día ya se conoce como síndrome de la mujer maltratada.

¿Qué es el Síndrome de la mujer maltratada? Aparece tras una exposición de maltrato repetido. En general no se trata de limitaciones de la personalidad de la víctima, sino de la reacción psicológica a la violencia crónica. Los síntomas más frecuentes y en los que hay que trabajar son:

·   SENSACIÓN DE AMENAZA INCONTROLABLE A LA VIDA Y A LA SEGURIDAD PERSONAL: La violencia repetida e intermitente, entremezclada con períodos de arrepentimiento y ternura, suscita en la mujer una ansiedad extrema, así como respuestas de alerta y sobresalto permanente. La sensación de amenaza no es sólo hacia la propia víctima, también hacia sus hijos, de ahí el temor constante.

·   AISLAMIENTO SOCIAL: Deriva de la excesiva dependencia del agresor, quien lo sabe y aumenta el dominio sobre la víctima ya que está sola.

·   SENTIMIENTOS DE CULPA: La mayoría de las maltratadas se autoinculpan de su situación. Achacan el maltrato a sus propias conductas, creyendo que los episodios de violencia son provocados por sus comportamientos. Estos sentimientos de culpa facilitan su dependencia emocional, además piensan que si el comportamiento de la víctima acaba también terminará el maltrato.

·   DEPRESIÓN Y SENTIMIENTOS DE BAJA AUTOESTIMA: El 65% de las mujeres maltratadas sufren cuadros de debilidad psíquica y deterioro de toda su personalidad, debido a:
- Disminución de recursos personales por el amedrentamiento, con pérdida de asertividad y volviéndose sumamente complacientes con los deseos de los demás.
- Aumento de la inseguridad y la capacidad para tomar decisiones.
- Reducción del rendimiento laboral y capacidad de concentración.
- Embotamiento o colapso emocional como mecanismo de autoprotección. Las maltratadas tienden a reprimir sus sentimientos y emociones para que no sean motivo de tensión con el agresor, pero les causa ansiedad grave.
- Creencias negativas de su imagen.

•    PÉRDIDA DE VIDA SALUDABLE: Una situación de estrés crónico repercute en la salud. Es frecuente la excreción de niveles altos de cortisol (dolores de cabeza, problemas gastrointestinales como colon irritable); caída de defensas del sistema inmunitario; sensación de fatiga crónica y mayor riesgo de padecer enfermedades cardiovasculares. Esto provoca que la víctima se automedique y dependa de tranquilizantes, analgésicos y ansiolíticos (sin beneficios fisiológicos y psicológicos). También son frecuentes los trastornos obsesivos, compulsivos y alimenticios.

Otro de los aspectos importantes a tratar en víctimas de maltrato son los motivos de la permanencia con el agresor. Cualquier razonamiento lógico apunta al abandono inmediato de la pareja. Los primeros estudios psicológicos en materia de violencia doméstica atribuían a las mujeres rasgos masoquistas. Sin embargo, algunos de los motivos de esta permanencia  están ligados a las creencias sexistas de las propias víctimas adquiridas durante la socialización. Los motivos de la dependencia al verdugo son:

•    DEPENDENCIA ECONÓMICA: las víctimas se ven incapaces de mantenerse de forma autónoma. La carencia de la suficiente formación profesional dificulta también la independencia económica.

•    DEPENDENCIA EMOCIONAL: las mujeres maltratadas suelen autoengañarse idealizando al maltratador y teniendo fe de que cambiarán; sienten lástima y pena; creen que la fuerza del amor lo puede todo.

•    EXISTENCIA DE HIJOS PEQUEÑOS: en muchos casos, las víctimas consideran que la familia es un valor absoluto y debe mantenerse a toda costa. Creen que los hijos deben crecer y madurar emocionalmente con la presencia ineludible de un padre y de una madre. Esta idea aún tiene más peso si el maltrato es sólo hacia la mujer y no a los hijos. Además, piensan que ellas solas son incapaces de sacar adelante a los niños; incluso, en otros casos temen que pueden perder a sus hijos por incapacidad económica.

•    TEMOR A REPRESALIAS: el agresor puede generar tal miedo real en la víctima que le disuada de abandonarle: muerte, pérdida de los hijos, represalias con otros miembros de la familia. Incluso, la víctima también puede sentirse aún más amenazada al ver en periódicos o en la televisión casos en los que el agresor acosa a la maltratada, la lesiona, agrede a sus hijos, incluso la asesina o como desgraciadamente hemos visto los últimos años asesine a los hijos en común.

Les recordamos que la segunda parte del post se publicará a las 15.00 horas (México) y 23.00 horas (España). En el se expondrá el tratamiento para víctimas de malos tratos






(1) La violencia de género y doméstica fue tratada estadísticamente en un post publicado en el mes de junio. Pueden volver a leer la información en el siguiente enlace: http://criminologiaycriminalisticafb.blogspot.com.es/2013/06/violencia-de-genero-en-espana.html

(2) Redundo en la idea de su brevedad, como todos los post que escribo, por lo que me gustaría incidir que no se trata de estudios, sino de artículos/ensayos teóricos basados en las opiniones de expertos y profesionales, así como de la actualidad.
(3) El post II se publicará en la fan page a las 23.00 horas España y 15.00 hor

martes, 30 de julio de 2013

TRAUMA Y DUELO: EL ACCIDENTE FERROVIARIO DE GALICIA (II)



¿Qué es el duelo? Es una reacción adaptativa natural, normal y esperable ante la pérdida de un ser querido. El duelo provoca depresión, ansiedad generalizada, crisis de angustia, abuso de alcohol y/o fármacos, incluso aumenta el riesgo de muerte debido a problemas cardíacos o, en ocasiones, el suicidio.

Las cinco etapas o fases del duelo que se estudia en las Universidades es el modelo Kübler-Ross, de la psiquiatra suiza-estadounidense Elisabeth Kübler-Ross (1). Este modelo se conoció en 1969 a través de su libro On death and dying, donde describe las etapas como un proceso por el cual la gente lidia con la tragedia (sobre todo cuando se diagnostica una enfermedad terminal o una pérdida catastrófica)

Las fases del duelo son:
1. Fase de Negación (‘Esto no me puede estar pasando, no a mí’). Negarse a sí mismo o al entorno que ha ocurrido la pérdida. Se trata de una defensa temporal para el individuo
2. Fase de enfado e indiferencia (‘¿Por qué a mí? ¡No es justo!’). Euforia, enfado o ira por no poder evitar la pérdida. En la segunda fase, el individuo reconoce que la negación no puede continuar.
3. Fase de Negociación. Negociar consigo mismo o con el entorno, entendiendo los pros y contras de la pérdida. En esta etapa, el individuo involucra la esperanza.
4. Fase de Dolor Emocional (‘Extraño a mis seres queridos, ¿por qué seguir?’) Se experimenta tristeza y dolor por la pérdida, incluso depresión. El individuo puede volverse silencioso, rechazar visitas y pasar mucho tiempo llorando y lamentándose. Este proceso permite a la persona desconectarse de todo sentimiento de amor y cariño. No es recomendable intentar alegrar a una persona que está en esta etapa. Es un momento importante que debe ser procesado.
5. Fase de Aceptación (‘No puedo luchar contra la realidad’). Se asume la pérdida, pero jamás se olvida.
Las fases hay que pasarlas una a una y si es posible en el orden expuesto para superar la pérdida de la forma más rápida y correcta, pero no siempre es así. El duelo suele durar entre dos y 12 semanas, dependiendo de la pérdida. Si en seis meses no cesan los síntomas, es necesario tratamiento psicológico ya que el duelo se puede convertir en depresión severa.

Algunas estrategias específicas de uso especial para superar el duelo son: escribir, dibujar, los libros de autoayuda (denominados como biblioterapia), incluso los animales, ya que estos permiten expresar cariño, sentimientos y una socialización obligada.

Lo que la Intervención en crisis nunca debe hacer es ofrecer la probabilidad estadística como forma de alivio, ya que desde el punto de vista psicológico de la víctima si algo le ha ocurrido, puede volver a ocurrirle.
Sin duda, el accidente ferroviario de Galicia causará un alto porcentaje de estrés postraumático completo o alguno/s de sus síntomas en las víctimas (reexperimentación del accidente, insomnio, embotamiento emocional, sensación de desapego de la realidad, irritabilidad o hipervigilancia). Y ¿cómo ayudamos a una persona en duelo? Debemos ofrecerle nuestro interés y comunicación para que la persona pueda compartir lo que quiera. Pero también debemos saber que lo que vayamos a decir a la persona no le va a aliviar instantáneamente el dolor, pero tenemos que estar ahí, a su lado, escucharle y mostrarle cariño. 

A veces las palabras sobran y si no se sabe qué decir, es mejor no decir nada. Los psicólogos dicen que reconforta más un acompañamiento en silencio, un abrazo o una mano en el hombro que una frase hecha. Hay que dejar a la persona que exprese las palabras de su dolor, que las  exprese con el dolor, con el llanto o con el enfado. Hay que sacar siempre las emociones, nunca dejarlas dentro. La recuperación será más temprana.



(1) 1926-2004) Médica psiquiatra suiza, una de las mayores expertas mundiales en la muerte, en personas moribundas y en los cuidados paliativos. Fue pionera en el campo de investigación de las experiencias cercanas a la muerte.