El 13 de junio de 2005 Carmen entró en un
bar de Benijofar (un pequeño municipio del sur de Alicante), roció con gasolina
y prendió fuego a Ramón, un hombre de 70 años, que murió días después. El día
de los hechos, Ramón disfrutaba de un permiso carcelario. Había sido
condenado a 10 años de prisión por violar a la hija, entonces tenía 13 años, de
Carmen en 1998. 1(*)
¿Se tomó la
justicia (injusticia) por sus manos Carmen?
En el código sancionador de Hammurabi (1792-1750 aC),
fundador del imperio babilónico, se consagra la venganza como un procedimiento
jurídico: figura en dos de los 282 artículos. Incluso el Antiguo Testamento se
refiere a los actos de violencia: “Quien cometiere el delito", dice el
texto bíblico, "pagará vida por vida,
ojo por ojo, diente por diente, mano por mano y pie por pie, quemadura por
quemadura, herida por herida y golpe por golpe". Siglos después, el concepto fue incorporado por
Mahoma en el Corán como
norma religiosa para los musulmanes. También lo hicieron los
romanos (norma aplicada para el pueblo y para los esclavos), pasando a
conocerse como la ley del Talión
(como se conoce en nuestros días). Afortunadamente, ningún código moderno
acepta en la actualidad esta terrible ley. Pero la desesperación y la
injusticia, (relacionada con la victimización secundaria, tratada en la primera
parte de este post), incluso la venganza, ¿lleva a que las mentes humanas
crucen la línea de lo legal a lo ilegal, convirtiéndose en
víctimas-delincuentes?
En el caso del policía local de Valencia y en el de
Carmen ¿podríamos hablar de un trastorno de estrés postraumático? (dejo el
interrogante para los expertos en psicología clínica-forense)
El estrés postraumático apareció por primera vez en el
año 1980 en la tercera edición del Manual
Diagnostico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-III). El concepto
surgió como consecuencia de la necesidad de los psiquiatras de EE UU de
encontrar un diagnóstico que explicase una parte sustancial de las conductas
anormales observadas en los soldados que volvieron de la guerra de Vietnam.
Para el DSM-IV-TR la característica esencial del
trastorno por estrés postraumático (F43.1 Trastornos de Ansiedad) es la
aparición de síntomas característicos que sigue a la exposición a un
acontecimiento estresante y extremadamente traumático y donde el individuo se
ve envuelto en hechos que representan un peligro real para su vida o cualquier
otra amenaza para su integridad física. Sin embargo, la CIE-10 (Clasificación
internacional de enfermedades) propone que para valorar el carácter
estresante de una situación o acontecimiento determinado, éstos deben tener una
naturaleza extraordinariamente amenazadora (en
el caso de Carmen, el violador de su hija profirió públicamente que mataría a
la familia) o catastrófica (en el
caso del policía de Valencia, ver como los ahorros de toda una vida desaparecen
de la manera más injusta: ser víctima de
un engaño por confiar en una persona en la cual llevas años confiando para
depositar tus ahorros), susceptible de provocar un malestar permanente en
prácticamente cualquier individuo 2(*)
Quedarse arruinado tras ser engañado o que violen a tu
hija, ¿son acontecimientos estresantes
para llegar a que la víctima cruce la terrible línea y se convierta en agresor?
_______________________________
1(*) Carmen ha sido condenada a 9 años y
medio de prisión pero la pena se ha reducido a 5 años por considerar que tuvo
un trastorno mental transitorio. Este trastorno se caracteriza por
manifestaciones psíquicas de entidad patológica que emergen en forma de brotes
puntuales causando trastornos de corta duración.
2(*) Mar Pastor Bravo, médico forense y
profesora asociada de Psicología de la Salud. Texto extraído del manual
Enfermedad mental. Aspectos Médico-Forenses.
No hay comentarios:
Publicar un comentario