viernes, 30 de agosto de 2013

Érase una vez… la Sanidad Pública Española (I)




Si si, ÉRASE porque decir que en los tiempos que corren (y los que aún quedan por venir) tenemos Sanidad Pública es como decir -y encima pretender que sea creíble por el resto de españolitos- que los discos duros de los ordenadores de Bárcenas no servían para otro empleado y por eso fueron cambiados o directamente eliminados.

Señor@s, nos quedamos sin Sanidad Pública. Recortes, recortes y recortes (a ello sumemos las privatizaciones visibles y las encubiertas) que llevan a cabreos de los trabajadores de la Sanidad (que comprendo y comparto sus peticiones), pero que al fin y al cabo todos somos pacientes (seas o no empleado sanitario) y que los vamos a padecer todos por igual (a no ser que seas político y entonces la cosa cambia. Ver enlace a pie de página (1)  

Quería escribir un solo post con con mis últimos 'encontronazos' con la Sanidad Pública pero, y para no aburrirles a todos ustedes, tendrá que ser un serial: es que, ¡No me cabe todo en un post!





ENCONTRONAZO vs TOAMDURA DE PELO (I) 

Expongo los hechos. La historia empieza el 22 de mayo. Estaba en una revisión del Digestivo acompañada de mi madre, cuando mi doctora me preguntó si tenía antecedentes familiares de cáncer. Entonces mi madre dijo que sí (su hermana, mi tía, murió de cáncer). Mi doctora le aconsejó a mi madre que se hiciese el test del aliento para saber si tenía la bacteria Helicobacter pylori  (yo la tengo). Pues bien, seguimos las indicaciones y mi madre se lo dice a su médico de cabecera (entonces de vacaciones pero había sustituto, muy simpático él), hace la petición y se la realizan el 9 julio.

Empezamos con mal pie el día del test del aliento. Llegamos 10 minutos tarde y una señorita con bata blanca (perdonen mi desconocimiento, pero no sé si es enfermera o auxiliar de enfermería) nos vociferó: “llegan tarde y yo tengo muchas cosas que hacer”. Intenté decirle que “estaba aparcando y…” Pero me cortó en seco; no me dejó seguir.

A mi y a mi madre nos hicieron la prueba juntas (a mi me la repetían para ver si con el primer tratamiento la bacteria ya estaba ko). Es una prueba muy sencilla, tomas una pastillita y soplas por un tubito. La acción se repite varias veces durante una hora aproximadamente. Pues bien, con eso de los recortes (quiero pensar y que la memoria no me lleve a casos como el de Stephan Sette (2)) la enfermera/auxiliar va y se lleva dos vasos de plástico a una habitación contigua. Llena los vasos con agua del grifo (me lo imagino por el sonido que oigo de un grifo abierto) y regresa a la habitación donde estaba mi madre y yo. Entonces le digo: “¿Dónde se ha llevado los vasos? ¿Qué le ha echado?”. Recibo por respuesta y con tono elevado: “¿Te has levantado guerrera?” y respondo: “No. Simplemente quiero saber que es lo que usted ha echado a esos vasos porque somos nosotras las que tenemos que beberlo”. (y más con los antecedentes de ese hospital por problemática de legionella).

No sé si soy muy desconfiada (que sí, para que vamos a engañarnos) pero desde pequeñita me inculcaron (los padres de antes eran muy así) que: “No te bebas nada sin ver tú que te echan”. Hubiera bastado con que la señora/señorita me hubiera dicho: “nena, pues que con los recortes, pues que ya no tenemos ni para agua embotellada y ahora es con agua del grifo”. (3) Y entonces nos hubiéramos puesto a despotricar a este gobierno y sus recortes. Pero no, no fue así.

Al acabar la prueba nos dicen que en un par de semanas ya están los resultados y que acudamos, en mi caso al digestivo y en el de mi madre a su médico de cabecera para que le remita al especialista. Así lo hacemos. A principios de agosto acompaño a mi madre a su médico y ésta nos dice: “Muy mal Carmen. No se ha hecho la prueba de la helicobapter piroly”. Entonces le explico que nos la hicimos juntas, el día bla, bla, bla, bla... 

Y la solución que nos da la doctora: tomen la carta que ha llegado a la consulta en la que dice que usted (en referencia a mi madre) no ha acudido a hacerse la prueba y llamen al hospital. Oseasé, en pocas palabras: ¡Que se busque usted las castañas si quiere saber/encontrar que ha ocurrido con sus pruebas!

Ale. Pues como también me han enseñado desde pequeñita que no hay que rechistar a los mayores y hacer lo que dicen, durante tres días (si, tres días) intento localizar –vía teléfono- los resultados de la prueba de mi progenitora. No sé si la doctora pensaba que era Sherlock Holmes versión fémina (por eso de que he estudiado también Criminología, aunque nada tiene que ver), pero al final y tras pelearme no sé con cuánta gente del hospital, incluido también con Atención al Paciente (que poco tiene que ver el nombre con la realidad) resuelvo que: mi madre estaba citada el 8 de julio, pero como se cambió el día al 9 de julio (para que nos hicieran la prueba juntas) no se había eliminado la cita del día 8. Pero que los resultados ya estaban, que pidiésemos cita.

Imagínense ustedes el follón y gasto innecesario por no haber dado a la tecla eliminar: papel, sobre y sello para envío de carta al médico de familia diciendo que paciente “no presentada”, llamadas de teléfono, enfados varios (por mi parte, claro), idas y venidas al centro de salud, etc, etc. 

Ya estamos a mediados de agosto. Vamos de nuevo al médico de cabecera (ha pasado ya más de un mes). Le explico a la doctora el rollo del cambio del 8 al 9, bla, bla y bla.  Y nos dice que ella "NO" tiene los resultados, que no los puede ver. Qué llamemos de nuevo….. continuará (post II) 

PD: les prometo que he escrito estas líneas con Bethoven y Vivaldi de fondo para evitar 'despotricar' por esta boquita/deditos


(1)‘En la Sanidad Pública no todos somos iguales’, ver link: http://www.huffingtonpost.es/2013/08/27/sanidad-publica-no-todos-iguales_n_3817947.html?utm_hp_ref=spain
(2)Enfermero alemán que fue condenado a cadena perpetua en 2006 por ocasionar la muerte, mediante el suministro de mezclas letales de medicamentos, a 28 pacientes.
(3)Esta declaración es mía, vamos no real.

lunes, 26 de agosto de 2013

INCENDIOS Y PIRÓMANOS (I)

Durante todo el fin de semana pasado (24 y 25 de agosto) he estado recibiendo fotos que entristecen a cualquier persona, menos a los pirómanos: más de 2.100 hectáreas de vegetación calcinadas, casas rodeadas por las llamas, vecinos intentando apagar el fuego con ramas, bomberos, ejército (UME: Unidad Militar de Emergencias), nervios, temor, impotencia, desolación… Ha sido uno de los incendios más devastadores de Galicia (norte de España). Mi madre es de esa zona (Cualedro), y allí reside toda mi familia materna. Mi prima (Mª Elisa) tiene una granja de terneros y allí estuvo protegiendo su ganado mientras me retransmitía in situ lo que iba ocurriendo. Los tres incendios que rodearon varios municipios comenzaron a la vez en tres puntos diferentes, es decir tres focos distintos. Todo apunta (según han declarado los responsables políticos) que se debe a fuegos intencionados. Nada fortuito. (1)

¿Qué es un pirómano? ¿Qué es un incendiario? ¿Hay diferencias? ¿Cuáles son las motivaciones delictivas de la piromanía? En los siguientes post hablaré, desde un punto de vista criminológico, de cuáles son sus características, así como del perfil de un pirómano. Pero lo primero en lo que hay que hacer hincapié es en la diferencia entre un pirómano y un incendiario, ya que no es lo mismo aunque diariamente leamos en la prensa o escuchemos en la televisión o en la radio sólo el término de pirómano, aunque se trate de incendiarios. Su uso es incorrecto.

Un pirómano es una persona que padece piromanía, un trastorno que se caracteriza por el disfrute de provocar fuegos, así como de observar sus consecuencias. Quien los ocasiona tiene una enfermedad. Por el contrario, el incendiario es una persona que provoca un fuego de forma intencionada por algo y por tanto no disfruta al ver las llamas ni sufre una enfermedad.

Recuerdo cuando era pequeña, durante las vacaciones de verano, allí (donde ahora solo quedan cenizas en el recuerdo de bosques frondosos y verdes) se originaban pequeños incendios y todo el pueblo (hablamos de pequeñas aldeas, con 100/200 habitantes) iban/íbamos a sofocar las llamas. Este fin de semana ha ocurrido lo mismo y los vecinos (incluso de pueblos aledaños) han sido los primeros en enfrentarse al fuego para proteger sus casas y sus ganados. Galicia es una zona en la que todos los veranos se registran multitud de incendios, incluso en una misma semana puede tener activos hasta 150 de forma simultánea, como ha ocurrido esta semana en la provincia de Ourense, la zona más afectada de Galicia. Desde que comenzó el año hasta el 19 de agosto de 2013, los datos oficiales contabilizaban un total de 1.300 incendios (la mayoría de ellos conatos) en Galicia.

¿Qué impulsa a un ser humano a actuar así con relación a nuestros deseos y motivaciones? Desde siempre se han estudiado los procesos motivacionales para poder comprender un poco mejor a nosotros mismos; comprender nuestras reacciones, nuestros deseos, comportamientos, justificaciones y pensamientos. Siguiendo esa línea, se ha aprendido que hay múltiples y diferentes causas que empujan a una persona a actuar o a dejar de hacerlo. Son las motivaciones reguladoras de la conducta (2).

La piromanía es un trastorno mental relacionado con la falta de control de impulsos. Según el DSM-IV-TR debe cumplir los requisitos siguientes (3)
  • Provocación deliberada e intencionada de un incendio en más de una ocasión: una característica del perfil estará basada en la historia incendiaria del individuo, posiblemente ascendente debido a su naturaleza.
  • Tensión o activación emocional antes del acto: difícil de perfilar, ya que esta activación puede cursar con muchas otras cosas.
  • Fascinación, interés, curiosidad o atracción por el fuego y su contexto situacional: así será un individuo asiduo a escenarios de incendios, posiblemente visto por los servicios forestales o de bomberos de la zona de residencia, es probable que no viva en zonas urbanas por la dificultad de ver los incendios.
  • Bienestar, gratificación o liberación cuando se inicia el fuego o cuando se observa o se participa en sus consecuencias: será un individuo que se aproxime a los incendios, que se comporte de forma extraña e incluso de forma excesivamente valiente y osada, haciéndose pasar por un voluntario o ayudante de forma falsa, ya que su única intención es poder verlo desde primera fila. Los sentimientos de gratificación serán difícilmente objetivables a no ser que los anuncie por sí mismo o se le capte in fraganti en el estado eufórico.

En el caso de los pirómanos, el fuego NO se provoca ni por móviles económico, ni como expresión de una ideología socio-política, ni para ocultar una actividad criminal ni para expresar cólera o venganza, para mejorar las propias circunstancias de la vida, o en respuesta a una idea delirante o alucinación o como resultado de una alteración de juicio, por ejemplo una demencia un retraso omental o una intoxicación por sustancias. Estas    características sí que se podrían dar en los incendiarios, pero NO en los pirómanos.

La provocación de un incendio no se explica por la presencia de un trastorno disocial, un episodio maníaco o un trastorno antisocial de la personalidad. Este punto, y según Elena Garrido Gaitán, es interesante para determinar una posible intencionalidad que anularía dicho diagnóstico.

Nota aclaratoria: la fotografía que acompaña este post es real. Se trata del incendio ocurrido el 24 de agosto en Cualedro, concretamente en el término de San Martiño (foto de  M. Feijóo) 

Les recordamos que la segunda parte del post se publicará a las 15.00 horas (México) y 00.00 horas (España). Se hablará del perfil del pirómano, así como de las estadísticas de incendios y sus consecuencias


(2) Psicología Criminal, coordinadores: M.A. Soria Verde y D. Sáiz Roca
(3) Ídem (1). ‘ Decisión individual del delincuente y motivación delictiva’, por Elena Garrido Aitán (psicóloga y perito forense)

INCENDIOS Y PIRÓMANOS (II)



Las características de la personalidad de los pirómanos están relacionados con su motivación delictiva y su objetivo final: el fuego. Para Elena Garrido, son personas vigilantes regulares del fuego de sus vecindarios, pueden provocar falsas alarmas, pueden ser apreciados por las instituciones, el equipo y el personal asociado con la extinción de incendios o pueden pasar tiempo en el departamento de bomberos, convertirse en bomberos voluntarios e incluso provocar incendios para relacionarse con los miembros de dicho cuerpo.

El pasado 2 de agosto se detuvo a un joven agente de la Guardia Civil por provocar 19 incendios forestales en Madrid (capital de España) en apenas dos semanas. Fueron sus propios compañeros de cuartel los que sospecharon de él al ver que actuaba de una forma extraña. Aprovechaba sus días libres para salir al monte, amontonar hojas y prenderles fuego. Cuando fue detenido, confesó su autoría y declaró que tenía  “un impulso irrefrenable de hacer fuego ya desde pequeño”.
 
El pirómano hace exhaustivos preparativos antes del incendio (característica que chocaría con la impulsividad del trastorno). Presentan una total indiferencia ante las consecuencias del fuego sobre la vida humana, propiedad o bien. Obtienen satisfacción ante dicha destrucción y pueden llegar al punto de atentar contra la propiedad y las personas sin valorar dichos actos. Para Garrido, pueden tener una historia de evolución con incidentes pirómanos, con inicio en la infancia, bien sea ascendente o descendente.

 ¿Cuál sería el perfil de un pirómano? Además de todas las características expuestas anteriormente y en el post I, otras de las características serían:
  • Conocen las motivaciones exactas para la comisión del delito: no hay evasión de datos ante la justicia, aunque no los especifiquen o los relaten.
  • Suelen tener un cociente intelectual inferior a la media, sin llegar al retraso mental (en este caso se invalidaría el diagnóstico clínico).
  • Es más frecuente en varones.
  • Suelen tener historias de falsas alarmas, simplemente por ver cómo se pone en marcha el dispositivo.
  • Interés por herramientas y materiales característicos de la extinción de incendios
  • Es más frecuente la conducta incendiaria en otros trastornos psiquiátricos que en la conducta pirómana
  • Puede estar asociado al alcoholismo y a actos delictivos de otro tipo, como la falta de control de impulsos
  • Relación con alteraciones médicas: hipoglucemia, déficit de serotonina (5HT) y disfunciones del lóbulo frontal.

Para T. Toutin existen cuatro tipos de perfiles criminales (I.-Violencia física grave; II.-Violencia sexual; III.-Destrucción de bienes; IV.-Violencia Moral). Los pirómanos estarían englobados en el perfil III. El perfil que hace, según las diferentes variables sería:
  • Edad y sexo: varia entre los 20 y 60 años. Mayor incidencia en varones. Las mujeres serían minoría pero en caso de hacerlo estaría relacionado con el vandalismo.
  • Socialización y familia. Inestable emocionalmente e impulsivo. Sufre problemas económicos, independientemente de la clase social, lo que hace que aumente su motivación delictiva
  • Inteligencia. Media o baja, pero es listo en general
  • Personalidad. Trastorno antisocial. Rasgos generales: egocéntrico, impulsivo, manipulador, oportunista, susceptible, no se siente ansioso, ni culpable de sus actos, aún menos remordimientos. Lo que busca son sensaciones y riegos.
  • Suelen existir antecedentes judiciales o psiquiátricos
  • Presenta aspectos psicopatológicos colaterales, como psicosis paranoide, esquizofrénicas o demencias orgánicas.
Las estadísticas oficiales hechas públicas recientemente son más que preocupantes para que la Administración lleve a cabo una política criminológica adecuada y urgente y es que la mano del hombre está detrás del 96% de los siniestros forestales que se registran en España y del 60% de la superficie quemada. De ellos, un 23% se deben a descuidos y el 55% son provocados. Solo en el mes de julio se produjeron la mitad de los 4.414 fuegos registrados en el primer semestre de 2013, frente a los 7.950 de media del periodo 2002-2012 (datos a fecha del 10 de agosto hechos públicos por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente).


Lo ocurrido en Ourense el pasado fin de semana (24 y 25 de agosto) es una tragedia medioambiental: a partir de 500 hectáreas se considera un incendio de calificación grave; en apenas 24 horas en aquélla zona se quemaron más de 2.100 hectáreas. Una hectárea equivale a un campo de fútbol. Demasiada naturaleza calcinada.

Según los datos que dispone el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF) –principal organización para la conservación del medioambiente- solo se identifica un 9% de los causantes. Para la WWF, la única manera de prevenir el fuego es aplicar “castigos ejemplares, mayor investigación y la aplicación de las condenas del Código Penal”, considera Diana Colomina, coordinadora de restauración forestal de WWF (1). Pero desde una perspectiva criminológica, el castigo no es la solución a la piromanía. Es necesario una política de prevención y concienciación, la investigación y las causas del por qué y el cómo. Un endurecimiento en el castigo no va a evitar, nunca, que el 55% de los incendios dejen de ser provocados.


Nota aclaratoria: la fotografía que acompaña este post es real. Se trata del incendio ocurrido el 24 de agosto en Cualedro, concretamente en el término de San Martiño (foto de  M. Feijóo) 

enlace post I: INCENDIOS Y PIRÓMANOS (I) 


(1) Declaraciones realizadas al periódico El País (11 de agosto 2013)

jueves, 22 de agosto de 2013

Cómo informar desinformando. Cómo denigrar el PERIODISMO







Hoy estoy muy enfadada. MUCHO. Por dos razones: la primera por la falta de respecto a las personas; y la segunda, por la falta de respeto a mi profesión (a la que me dedico desde hace más de 12 años).

Me gustaría hablarles del tratamiento informativo de algunas noticias especialmente sensibles y que se ofrecen en webs que se hacen pasar por medios de comunicación. Lo primero de todo, los miembros de esas páginas webs deberían desempolvar sus apuntes (en el caso de ser periodistas, que lo dudo) de una de las asignaturas esenciales en la licenciatura de Periodismo: Ética y Deontología Periodística.

Les explico. Esta mañana (22 de agosto) me han llegado tres whatsApp diferentes con un enlace que llevaba a este titular (pantallazo que aparece en la fotografía superior): ÚLTIMA HORA ‘Intento de suicidio de una conocida persona de la localidad’. (No voy a analizar el contenido del texto porque parece más un parte policial que un texto periodístico en el que estén las 6 W's, y sí por mi formación he visto partes policiales y sé de qué hablo).

¿Qué información es esa? Cualquier periodista, aunque sea estudiante y esté en primero de carrera, sabe que los suicidios NO se publican. Me gustaría recordarles a los Administradores de esta web (no medio informativo) que los libros de Estilo y Códigos Deontológicos de los medios de comunicación (1) señalan que “el periodista deberá ser especialmente prudente con las informaciones relativas a suicidios (2). Si ya lo debe de ser con un acto suicida consumado, aún más con una tentativa de suicidio. ¿Qué aporta esta información? Nada. Es más, su publicación es negativa para la víctima directa (victimización doble) y también para las víctimas indirectas (familiares y amigos) que sufrirán una victimización secundaria.

No es la primera vez que esta web (perdóneme pero no voy a calificarla de medio de comunicación porque no lo es) publica informaciones de este tipo. No hace muchos meses acudí a una vivienda porque había un aviso policial de un herido. Aún no había aparcado el coche cuando me comunicaron que se trataba de un suicidio. Arranqué y volví a la redacción. Pues bien, semanas después me entero que familiares de la víctima estaban ‘enfadados’ conmigo por la publicación de los hechos (casi con pelos y señales de cómo había sido el dramático suceso). Les expliqué que yo no había escrito nada sobre ello, que no trabajaba para ese sitio y que nunca, en ninguna de las empresas periodísticas por las que he pasado durante estos 12 años (Las Provincias, Qué, Onda Blanca, TVE-Mediapro, Canal Nou o Escaparate, entre otros) he escrito sobre dichos temas.

Me gustaría recordarles a los miembros de esta web, que no tengo el gusto de conocerles (a pesar de que se trata de una web que edita/sube/pone/transcribe/copia noticias de Ibi- lugar donde yo ejerzo mi profesión en la actualidad) que no se informa sobre los suicidios (menos aún de las tentativas) por varias razones: en primer lugar, porque no siempre la apariencia coincide con la realidad; y también porque varios estudios psicológicos han comprobado que estas noticias incitan a quitarse la vida a personas que ya eran propensas al suicidio y que sienten en ese momento un estímulo de imitación.

Existen dos excepciones para informar de suicidos: cuando se trate de personas de relevancia (por ejemplo en el caso Kurt Cobain, vocalista y guitarrista de Nirvana) o supongan un hecho social de interés general (en la actualidad , y desgraciadamente, demasiados casos en los que se comunican casos en los que personas que iban a ser desahuciadas han acabado con su vida).

Me gustaría recordarles también a los miembros de esta web que no denigren la profesión, que ya está bastante dañada, y que cumplan su función como periodistas (en el caso de que lo sean, sabrán que han errado en mayúsculas). Me gustaría recordarles a los miembros de esta web que el periodista necesita una preparación adecuada (al igual que lo necesita un médico, un abogado, un arquitecto, etc, etc, etc) que cualquiera no es periodista aunque crea que sabe escribir: en mi época pasábamos 5 años en la Universidad para aprender no sólo los géneros periodísticos sino también diferentes materias como Derecho, Literatura, Historia, Política, etc. Muchos de nosotros nos hemos especializado en otras materias (en mi caso estudié también la licenciatura de Criminología para poder informar y comprender e intentar no errar en las informaciones sobre Tribunales  y Sucesos). Y ya que estamos, pues me gustaría decirles a los miembros de esta web que los periodistas nos solemos reunir a tomarnos unas cervecillas mientras hacemos ‘guardias’ e intentamos arreglar este mundo tan peculiar como es el de los periodistas… Cómo no os conozco os invito a esas ‘cerves’.

Y sí, hoy estoy muy enfadada porque los que me conocen saben dos cosas de mi; una, que soy extremadamente cuidadosa con mi trabajo, sencillamente porque creo en lo que hago y amo en lo que creo; y dos, porque estos 12 años de profesión nadie me los ha regalado y no voy a permitir que me ‘toquen (más) las pelotas’.


(1) El código deontológico del periodista y de los medios de comunicación son documentos que recopilan los fundamentos generales que regulan el comportamiento de los informadores. El contenido de estos códigos tienen como objetivo mejorar el tratamiento informativo de algunas de las cuestiones sociales de mayor actualidad.

(2) Libro de estilo del periódico El País, uno de los periódicos con más historia de España.

lunes, 19 de agosto de 2013

LA VÍCTIMA EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL: LOBYS Y PRENSA MEDIÁTICA (I)



Debemos comenzar este breve análisis resaltando que en el sistema judicial en general más que un reforzamiento de la posición de la víctima es aún, hoy por hoy (y desgraciadamente) un 'no' reforzamiento. El Estado monopoliza el derecho de castigar, por lo que se produce el paso de un derecho penal privado a un derecho penal público. Incluso, aunque desde un concepto moderno/actual, el sistema punitivo se ha caracterizado por no dar respuesta a los intereses de las víctimas, además de comportar un perjuicio para éstas derivado de su paso por la Administración de Justicia. A esto último nos referimos a la 'victimización secundaria' que, además, agudiza los efectos del delito y profundiza en la estigmatización. Tampoco podemos obviar que el Derecho Penal está enfocado a razones preventivas, así como a la reinserción del ofensor.

Es cierto que algunos 'pasitos' se han dado en la tríada penal-procesal-asistencial, pero aún son insuficientes y en el caso español todavía más. Y en este punto, surge el interrogante de si el Derecho Penal debe dar prioridad al delincuente o a la víctima. Según Baca, Echeburúa y Tamarit “la inserción de los derechos de las víctimas en el ámbito de la justicia penal no puede articularse de forma disyuntiva a los derechos del delincuente o a los intereses generales, sino que los tres planos (víctima-delincuente-Estado) deben armonizarse y concebirse en términos complementarios”. (1)

Y entonces, el común de los mortales, las personas ajenas (por supuesto no expertas) al mundo jurídico se preguntan si los delincuentes tienen, en ocasiones, más derechos o están más protegidos que las propias víctimas. La respuesta la encontramos en el artículo 10 de la Constitución Española (de ahí la exigencia a las garantías del delincuente y a los principios de proporcionalidad, culpabilidad, humanidad, etc):

1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.
2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.

Pero este planteamiento no sólo debe aplicarse a los delincuentes. La víctima también forma parte de las exigencias garantistas del Derecho Penal, ya que deben estar referidas a la protección de los Derechos Fundamentales y libertades del ciudadano, tanto ofensor como ofendido. De lo contrario, sería cierta la expresión social (y repetimos, muy común en nuestra sociedad) de que los “la Justicia está hecha para los delincuentes”, ya que el ordenamiento jurídico aplicaría mayor protección a los derechos del ofensor y no del ofendido.
                                                                                                                                                                         
Baca, Echeburúa y Tamarit hacen un análisis acertado sobre algunas políticas criminales que están enfocadas a la función recaudatoria del Estado. Es el caso de los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social (castigados en España con pena de prisión de 1 a 4 años), mientras que en muchas ocasiones, aunque la responsabilidad civil está regulada y derivada de cualquier tipo de delito, es aún mayor los casos en los que la víctima queda sin la expectativa reparatoria debido a la insolvencia (real o ficticia) del condenado. En el caso expuesto por los autores estaríamos ante un loby, dónde personas influyentes (el propio Estado) tiene 'poder' en favor de sus propios intereses.

Otro caso sería en los impagos hipotecarios. En el momento de que 'hipotecado' deja de pagar las cuotas correspondientes, el banco le embarga (esté casi o no pagada dicha hipoteca, no importa la cuantía que haya desembolsado) y el desahucio es casi inmediato. Mientras que un propietario de un piso arrendado, si su inquilino deja de hacer frente a las cuotas del alquiler (sea cual sea la razón, justificada a o no) los procesos son mucho más lentos. La víctima (propietario) tiene que hacerse cargo de los gastos jurídicos (contratar un abogado, ya que si dispone de varios bienes no le corresponde un letrado de oficio), además no recuperará los retrasos, ya que (lo más probable) el inquilino se declarará insolvente. En este caso, el desahucio no es tan inmediato y la victimización secundaria es más acentuada que en el primer caso expuesto ya que la responsabilidad pecunaria del infractor se queda en el olvido. Afortunadamente, con la presión social tras los graves problemas económicos que sufren miles de familias españolas debido a la crisis económica, las víctimas de los desahucios están un poco más protegidas aunque no lo suficiente. Aún queda mucho por hacer, lo primero una Ley Hipotecaria real y ciudadana, no enfocada a los lobys de poder (bancos). 

Encontramos varias orientaciones teóricas pero resaltamos la Victim Impact Statements (vigiente en el ordenamiento estadounidense) en el que se permite a la víctima informar al juez sobre el daño físico, psíquico y económico sufrido a consecuencia del delito; incluso se le permite dar su opinión relativa a la sentencia a imponer. Se trata de una participación más directa, ya que los procesos judiciales españoles la víctima sólo responde a las preguntas de la Defensa y del Ministerio Fiscal, además del juez. No puede dar su opinión, explicar cómo está desde que le ocurrió el delito. El objetivo de este programa es la recuperación emocional de la víctima.

Pero tampoco podemos obviar el sentido de venganza (=instintos vengativos en el ser humano) que puede crearse. Ya que la pena puede servir, no sólo para expresar la solidaridad de la comunidad con la víctima, asimismo también de víctimas indirectas (familiares), sino también para exigir cambios en la jurisdicción que no estén acordes con los principios de los Derechos Fundamentales recogidos en la Carta Magna. Pongamos el ejemplo del caso Marta del Castillo, dónde la exigencia de un cambio promovido socialmente (en este caso, mediante firmas) pide una reforma penal para aplicar la cadena perpetua. Estaríamos ante lo que Prittwitz (2) denomina “derecho de la víctima a ver al delincuente castigado”. Unas medidas sociales (justas socialmente) pero 'peligrosas' para los entendidos de las leyes.

Les recordamos que la segunda parte del post se publicará a las 15.00 horas (México) y 23.00 horas (España). Se expondrá el papel de la prensa en el sistema de justicia penal


(1) MANUAL DE VICTIMOLOGÍA, coordinadores: Enrique Baca Baldomero, Enrique Echeburúa Odriozola, Josep Mª Tamarit Sumalla
(2) Cornelius Prittwitz catedrático de Derecho Penal. Universidad Goethe de Frankfurt (Alemania)

LA VÍCTIMA EN EL SISTEMA DE JUSTICIA PENAL: LOBYS Y PRENSA MEDIÁTICA (II)

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Y ¿qué pasa cuando la víctima no quiere seguir o iniciar con un proceso judicial por temor a la victimización secundaria? Es cierto que en la televisión o en los periódicos vemos con asiduidad casos en los que la Justicia se convierte en  injusticia; de ahí el miedo y la escasa confianza en la legislación vigente. Lo idóneo sería lograr un escenario propicio para facilitar una colaboración activa de la víctima y así asegurar su victimización secundaria. Un ejemplo lo tenemos en la Audiencia Provincial de Alicante. En los casos de violencia de género, el fiscal puede acusar al presunto maltratador aunque la víctima no denuncie, incluso retire la denuncia. En muchos casos de violencia de género y doméstica, la víctima se convierte en ‘multi-víctima’: no sólo retira o no denuncia por el temor a represalias del agresor, también por todos los procesos judiciales a los que se tiene que enfrentar, ya que se crean víctimas indirectas (hijos y familiares directos) o convirtiéndose la propia víctima en 'víctima doble'.

Es cierto que hace sólo unos años era impensable que se reconociese indemnizaciones psicológicas a las víctimas, sólo eran admitidas las físicas. Pero, mientras los procesos de instrucción y durante el juicio oral y hasta que se dicta sentencia, ¿quien trata a la víctima? ¿quien paga la asistencia psicológica? Y con una sentencia a favor de la víctima, ¿quien la rehabilita? Existen las OVAD (Oficinas de Atención a las Víctimas del Delito), que en el caso de Valencia implantadas desde hace un cuarto de siglo pero cuya función esencial de información y orientación se queda 'a medidas' para que la víctima.

Desde algunos estamentos judiciales la víctima tiene más relevancia. La Audiencia Provincial de Alicante tiene un programa específico para víctimas de violencia de género. Maltratadas y familiares (no hay que olvidar que el círculo cercano de una maltratada se convierte en víctima indirecta) asisten a charlas informativas y formativas (impartidas por psicólogos y criminólogos) para luchar y afrontar la lacra de la violencia machista; en definitiva, para no sentirse 'solas', además de víctimas.

En definitiva, las medidas victimológicas deben dejar de concebirse como una mera expresión de solidaridad social y pasar a ser entendidas como verdaderos derechos de las víctimas. Y tampoco podemos olvidar uno de los postulados de la LECrim (Ley de Enjuiciamiento Criminal, España) en el que se señala que “en materia penal hay siempre dos intereses rivales y contrapuestos: el de la sociedad, que tiene el derecho de castigar y el del acusado, que tiene el derecho de defenderse”.

En cuánto a la prensa mediática, no podemos olvidar que los medios de comunicación son el cuarto poder, incluso el primer poder (véase el revuelo mundial que ha creado Wikileaks, aunque ese es otro tema que no nos incumbe aquí). Un ejemplo claro del poder que tiene la prensa (con el término prensa englobamos diarios de papel, medios digitales, radios, televisiones) lo encontramos en uno de los casos que más conmocionaron a toda la opinión pública, ya que en tan solo unos días el acusado pasó de ser verdugo a ser víctima. Tres años después, las consecuencias aún son terribles. Nos referimos al 'caso de Diego Pastrana', (fotografía que acompaña a este post) el joven tinerfeño (entonces, de 25 años) que en noviembre de 2009 fue acusado de unos presuntos malos tratos y abusos sexuales a la hija de su pareja de sólo 3 años y que murió tras ingresar en un hospital. El joven fue acusado y detenido tras certificarlo el médico que atendió a la menor. La opinión pública y algunos medios de comunicación tacharon a Diego de violador y asesino, se cebaron con este joven que desde el primer momento negó los hechos. La historia dio un giro con los resultados de la autopsia: la pequeña murió de un golpe sufrido en un parque infantil días antes. Han pasado más de tres años y este hombre sigue marcado por la sospecha, aunque no tiene nada pendiente ni con la policía ni con la justicia. Desde entonces está en tratamiento psicológico y psiquiátrico y su recuperación es lenta. A las secuelas psicológicas se añadieron las sociales: durante varios meses le resultó casi imposible encontrar trabajo.

martes, 13 de agosto de 2013

España necesita 64 jueces para investigar la corrupción, uno de ellos ya está en Ibi



Ibi investiga 17 causas de corrupción, según los datos que dispone el TSJ-CV



El 12% de toda la corrupción de la Comunidad se aglutina en los juzgados de Ibi



Prevaricación (art. 404 y ss del Código Penal), blanqueo (art. 301 a 304 CP) o receptación de capitales (art. 298 a 304 CP), malversación (art. 432 a 434 CP), cohecho (art. 419 a 427 CP) o tráfico de influencias (art. 428 y ss CP). Son los delitos más comunes que definen a la corrupción política y financiera.


En el pleno municipal del 26 de abril, la alcaldesa (Mayte Parra) dijo que a todo aquel (o aquella) que le llamase “corrupta” le llevaría a los juzgados tras un lamentable encontronazo con una vecina del municipio que durante la inauguración del nuevo centro de Alzheimer de Ibi le llamó - a la alcaldesa y también diputada autonómica- corrupta. Las cifras y los datos lo dejan más que claro: 17 causas de corrupción se investigan en los juzgados de Ibi (de las 141 que hay en la Comunidad Valenciana y en total son 1.661 en toda España). Cierto es que la alcaldesa no está, por el momento, imputada en ninguna causa judicial pero también es cierto que sí se investigan unas presuntas cuentas millonarias en Suiza donde aparece su nombre junto con el exedil Miguel Ángel Agüera, imputado de cinco delitos. Es el propio TSJ y CGPJ los que han hablado de corrupción política y de la necesidad de reforzar los juzgados, aunque sea de manera temporal.


Un informe del órgano de Gobierno de los jueces del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha detectado que en total 798 los juzgados y tribunales españoles  investigan los 1.661 casos de corrupción abiertos actualmente (una media de dos casos por juzgado). Concretamente el partido judicial de Ibi investiga 17 causas (que se tenga conocimiento, cinco de ellas corresponden a políticos en activo, excargos públicos, funcionarios y empresarios de Ibi). Para la portavoz del CGPJ, Gabriela Bravo, son necesarios 64 nuevos jueces, 18 nuevos secretarios judiciales y 150 funcionarios de otros tipos de manera provisional para cubrir estas necesidades judiciales. (1)


Dicho informe se ha elaborado exclusivamente para determinar las necesidades de los juzgados y tribunales que investigan casos relacionados con la corrupción política o financiera. Para el CGPJ, el objetivo de este informe es “que los ciudadanos vean que las causas contra la corrupción no mueren en un limbo sino que acaban en un porcentaje importante en sentencias condenatorias”


Fuentes judiciales han confirmado a este blog que uno de esos 64 jueces ya está trabajando en el partido judicial de Ibi. Concretamente se trata de una juez de Adscripción Territorial, que se incorporó a mediados de abril, cuya labor principal se centra en los asuntos de corrupción. Para la presidenta del TSJ-CV, Pilar De la Oliva, estos casos podrían “etiquetarse” de corrupción. Son causas “complejas” y “voluminosas” debido a que su fase de instrucción (o lo que es lo mismo, la investigación previa al juicio oral) intervienen terceras personas: unidades policiales específicas (como es el caso de la UDEV –Unidad Central de Delincuencia Económica y Fiscal de la Policía Nacional- en el caso ‘Agüera’), comisiones rogatorias a otros países (como es el caso de las presuntas cuentas millonarias en Suiza), o la intervención de peritos o expertos en materias concretas.


La carga de trabajo de los juzgados de Ibi (es partido judicial que engloba a Castalla, Onil, Tibi e Ibi) sería “normal” si no fuese por estas causas de corrupción, han explicado a este blog fuentes judiciales. En total, en la Comunidad Valenciana se instruyen 281 asuntos de “corrupción y especial complejidad”, de los que concretamente 141 son de corrupción política. 

imitando al columnista V. San Juan…. PD: ¿A los vecinos que lleve al juzgado la primera representante del municipio, lo hará con el abogado municipal pagado por todos los ciudadanos y que no les cuesta nada o, por el contrario, pagará de su  bolsillo los servicios de algún profesional? No es lo mismo cuando nos toca ‘amoquinar’ que cuando nos sale ‘por la cara’

nota aclaratoria: menos el último párrafo: PD (opinión), todo lo demás se trata de información pura y dura. Información elaborada íntegramente por Ana Quevedo (nº FAPE: 23.629).


(1) El informe surge de la petición del presidente del CGPJ, Gonzalo Moliner, a principios de enero 2013. Moliner solicitó a todos los Tribunales de Justicia de España que hiciesen una relación de las causas de corrupción política que se estaban investigando en la actualidad.